Las donatarias autorizadas son organizaciones civiles o fideicomisos que han obtenido la autorización del Servicio de Administración Tributaria para recibir donativos deducibles de impuestos. Es por ello que tienen ciertas obligaciones fiscales que deben cubrir año con año, para mantener vigente la autorización.
En caso de que la donataria no cumpla con estas obligaciones, el SAT puede revocar o no renovar la autorización respectiva.
Entre las principales obligaciones que tienen las donatarias se encuentran:
Las donatarias autorizadas están reguladas principalmente por la Ley del Impuesto sobre la Renta (LISR) y por disposiciones contenidas en el Reglamento de la Ley del Impuesto sobre la Renta.
Estas leyes establecen los requisitos y condiciones que las organizaciones deben cumplir para obtener y mantener su autorización como donatarias autorizadas, así como las obligaciones fiscales que deben cumplir.
En cuanto a la expedición de CFDI, estos se encuentran regulados en el Código Fiscal de la Federación y la Resolución Miscelánea Fiscal.
Actualmente, las donatarias autorizadas están exentas del Impuesto sobre la Renta (ISR), dado que el objetivo de estos organismos no es generar utilidades. Esta exención es fundamental para fomentar las donaciones a estas organizaciones y promover el apoyo a actividades de beneficencia y bienestar social.
En algunos casos, también están exentas del pago de IVA, ya que la prestación de servicios, enajenación de bienes y el uso o goce temporal de los bienes que hayan otorgado, no generan este impuesto. Sin embargo, la legislación se ajusta cada año, por lo que hay que estar pendiente de cambios en las leyes tributarias.
Como donataria autorizada, Casa de la Amistad cumple con todas sus obligaciones fiscales. Así, tienes la total seguridad y transparencia de que tu donativo llega a quienes más lo necesitan.
Fuente:
SAT, Conoce las principales obligaciones fiscales de las donatarias autorizadas.